Actualizado a 14-04-2009. Las novedades van precedidas de: 
SITUACIÓN DE ARTE Y NATURALEZA
El 30 de octubre de 2006 la empresa ARTE Y NATURALEZA GESPART, SL solicitó
ante los Juzgados Mercantiles de Madrid la declaración de Concurso de
Acreedores.
EL CONCURSO VOLUNTARIO
A diferencia de lo ocurrido con las empresas Forum Filatélico
y Afinsa, en el caso de ARTE Y NATURALEZA, es la propia compañía la que
reconoce la imposibilidad de responder a sus obligaciones de pago y por
eso acude al procedimiento concursal.
El pasado 5 de diciembre el Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid
dictó el Auto que declara en concurso voluntario de acreedores
a "ARTE Y NATURALEZA GESPART, S.L.", acogiendo la solicitud
de la propia empresa.
En la resolución se dispone que el actual administrador de la
sociedad continúe en el ejercicio de sus funciones al frente de
la gestión, si bien, como establece la Ley, éstas quedan
sometidas a la intervención o conformidad de los tres profesionales
nombrados por el Juzgado como "Administradores Concursales".
Los Administradores Concursales designados son:
- D. José María de la Cruz Bértolo, abogado y economista
(socio de Díaz-Bastien y Truán Abogados)
- D. Vicente Estrada Esteban, economista (perteneciente a la firma KPMG).
- D. Eugenio Martín Martín (Presidente de la "Asociación
de Afectados Concurso de Arte y Naturaleza Gespart S.L."), en su
calidad de acreedor.
Entre los cometidos de la administración concursal se encuentra
la preparación de un Informe que recoja el inventario del activo
de la sociedad, es decir, los bienes y derechos de los que sea propietaria,
así como la determinación de su masa pasiva, es decir, las
deudas totales de la sociedad, confeccionando la correspondiente lista
de acreedores.
El propio Auto del Juzgado establece que los pasos del proceso son los
siguientes:
- La publicación oficial de edictos en uno o
dos periódicos nacionales y en el BOE.
- El envío por los Administradores Concursales de una carta
a todos los acreedores de la sociedad informándoles
de la declaración de concurso, e invitándoles
a comunicar sus créditos. Para esta tarea los acreedores
tendrán el plazo de un mes desde que se publique el último
de los edictos ordenados por el Juez.
- Después, los Administradores Concursales deberán entregar
al Juzgado un informe sobre la sociedad y sus negocios,
así como el Inventario de los bienes y derechos con que cuenta
y la relación de los acreedores que reconozcan, con expresión
de los créditos respectivos.
Tras la comunicación de la deuda, y una vez que se resuelvan las
posibles impugnaciones que se puedan presentar ante el Juzgado, se abrirá
un plazo para la aceptación del convenio que la
sociedad preparará y que contendrá sus propuestas para el
pago de los créditos. A la propuesta del convenio caben dos tipos
de resoluciones:
- Aprobación del convenio. En este caso finalizará el
concurso, cesando los Administradores Concursales, y retomando los gestores
todas las funciones normales para dirigir los negocios de la sociedad
y cumplir lo establecido en el convenio aprobado para el pago de los
créditos pendientes.
- No aprobación del convenio. En este caso se abrirá un
proceso de liquidación de la sociedad en el que se venderían
todos los bienes de la misma para, con el producto de dicha venta, pagar
a los acreedores.
SITUACIÓN ACTUAL
El plazo para realizar la comunicación de los créditos
al Juzgado finalizó el 23 de enero de 2007; por tanto,
le corresponde a la Administración Concursal entregar al Juzgado
un informe sobre la sociedad y sus negocios, así como el inventario
de los bienes y derechos con que cuenta y la relación de los acreedores
que reconozcan, con expresión de los créditos respectivos.
El
14 de mayo de 2007 se presentó en el Juzgado el Informe de la Administración
Concursal que cifra el déficit patrimonial de la empresa en 283
millones de euros.
Durante el 2.008, el Juzgado admitió a trámite ochenta demandas que impugnaban el inventario y/o la lista de acreedores del Informe realizado por la Administración Concursal.
Todavía no se han dictado todas las sentencias, cuando se dicten la totalidad de las sentencias, la Administración Concursal emitirá un documento definitivo con el inventario y la lista de acreedores. Así mismo, pondrá en marcha el procedimiento tanto para devolver las obras a sus titulares como para recibir las que se deban devolver a la sociedad.
La Administración Concursal ha emitido su décimo comunicado en el que manifiestan que en vista de la paralización del procedimiento, y con el fin de reactivarlo y agilizarlo, en el mes de enero presentó un escrito al Juzgado solicitando que dicte las sentencias pendientes.
En el mismo comunicado hacen una referencia detallada de las últimas actuaciones llevadas a cabo dentro del ámbito económico y comercial.
La Administración Concursal ha creado su página web (www.administracionconcursalayn.com) en donde se informa del estado judicial del proceso y de las actuaciones que la Administración lleva a cabo.
También han incluido un apartado de preguntas frecuentes en donde responden a las cuestiones más comunes que se les ha ido consultando desde el comienzo del procedimiento judicial. Por ejemplo, indican a quién deben comunicar que se han cambiado de domicilio, cómo se debe proceder si el titular del contrato ha fallecido, etc.
Si ha cambiado de domicilio:
Si ha cambiado su domicilio a otro distinto al que figura en las bases
de datos de Arte y Naturaleza es muy importante que se lo notifique a
la Administración Concursal, puesto que las comunicaciones que
tengan que enviarles lo harán por correo postal.
Generalmente, en las comunicaciones se dan unos plazos de tiempo concretos
que hay que cumplir, y por eso, para evitar posibles pérdidas de
derechos, es necesario que las direcciones de sus domicilios sean precisas.
El cambio de domicilio se notificará a la Administración
Concursal mediante un escrito firmado por todos los titulares de los contratos.
Si es Ud. socio-a nuestro-a, por favor, recuerde que también
tiene que comunicarnos a nosotros esta circunstancia para actualizar
nuestros registros.
Si ha fallecido alguno de los titulares
de los contratos:
Si durante este tiempo hubiese fallecido alguno de los titulares de los
contratos suscritos con Fórum Filatélico o con Afinsa, tienen
que notificárselo a la Administración Concursal para que
se pueda determinar a quién le corresponde recibir las cantidades
que se liquiden.
Puede contactar con nosotros:
- En los números de teléfono: 91 364 02 76 ó 91 364 05 22,
en horario de 9,00 a 14,00 horas y de 15,00 a 18,00 horas.
- En nuestra sede: C/ Cava Baja, nº 30, 28005 – Madrid, en el mismo horario
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