NOTA DE PRENSA: 23/07

Confusión, alarma y preocupación en torno a la obligación de instalar los ICP (Interruptores de Control de Potencia)

La Confederación de Consumidores y Usuarios de Madrid (CECUMadrid) ha tenido conocimiento de la recepción de unas cartas que las empresas de distribución eléctrica están haciendo llegar a los usuarios en relación a la instalación de los ICPs (Interruptores de Control de Potencia).

Algunos de los usuarios que han recibido estas comunicaciones se han puesto en contacto con nuestra asociación para expresarnos su preocupación por el tono y el contenido de la misma que, como mínimo, crea cierta confusión y en algunos sectores  (los más desprotegidos o faltos de información) cierta alarma.  Las misivas, efectivamente, hablan de un plan de instalación aprobado por la Comunidad de Madrid a través de la Dirección General de Industria, Energía y Minas y citan el RD 1454/2005 para recordar al usuario que es obligatorio la instalación de estos mecanismos de control de potencia.

No obstante y a continuación, se cita literalmente un párrafo del RD ya mencionado  que habla de la suspensión del suministro a tarifa por impago una vez agotado el plazo establecido (lo que ha creado alarma) y del pago de la factura correspondiente a la instalación (lo que ha originado preocupación). Por otra parte y en la misma carta se habla de instalar y por otro de adaptar (lo que ha dado lugar a cierta confusión).

A todas estas cuestiones se añade el hecho de que una gran parte  de los usuarios que se han puesto en contacto con CECUMadrid, lo desconocen todo acerca del funcionamiento y características últimas del ICP, hasta el punto de que la mayoría no sabe si lo tienen o no instalado en sus casas.

CECUMadrid está convencido de que  estas situaciones  facilitan la aparición de fenómenos de picaresca e incluso de posibles fraudes, muy perjudiciales para los consumidores que además y en estas circunstancias de falta de información pueden optar por inhibirse de cumplir la ley.  En este sentido las compañías deben ampliar la información que están suministrando.

Además, y con relación a las cartas, CECUMadrid recuerda a los consumidores que:

A)  Con independencia del obligado cumplimiento de la ley, en ningún caso las compañías pueden cortar el suministro  al usuario. De producirse esta circunstancia el afectado  debe denunciarlo inmediatamente.

B) Que sólo deben instalar el ICP aquellos usuarios/as que hayan recibido la carta de la compañía. Se entiende que aquellos que no hayan recibido la notificación ya están en posesión del mismo.

Por último la confederación pide a las compañías que flexibilicen los plazos para

cumplir con la ley y a la Comunidad Autónoma  que ponga en marcha un Plan Renove para ayudar a la instalación de estos aparatos ya que, y dependiendo de los casos,  podría haber problemas de financiación.

Madrid 18 de junio de 2008
Gabinete de prensa de CECUMadrid


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