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Reforma de la Ley de Tráfico PDF Imprimir E-mail
DOCUMENTOS PARA LA REFLEXIÓN - Normativa
Viernes, 02 de Julio de 2010 11:21

El 25 de mayo entraron el vigor las novedades en la Ley de Tráfico, sin embargo, no todo el mundo parece haberse hecho eco de los cambios. Te ofrecemos la información facilitada por la DGT para que la tengas presente.

 

Actualización de infracciones y sanciones

- Programar el navegador mientras se conduce o circular con matrícula ilegible será considerado falta grave.

- Circular en bicicleta de noche sin nelementos reflectantes y sin alumbrado reglamentario será una infracción leve.

- Se unifica el importe de las multas de tráfico: las leves hasta 100 euros, las graves 200 y las muy graves 500.

- El infractor tiene 20 días naturales desde la notificación para pagar la multa o realizar alegaciones. Si paga recibirá un descuento del 50% del importe.

- Se amplían de 4 a 6 los puntos que se pueden recuperar en los cursos.

- Solo se pierde el permiso cuando se agota el saldo de puntos o por sentencia judicial.

- Con cuatro sanciones graves o muy graves sin pagar no se podrán hacer trámites con el vehículo.

Servicios que se prestan a través de Internet

- Dirección Electrónica Vial: es posible sustituir la dirección postal por la dirección electrónica de modo que pueden recibirse vía e-mail las notificaciones de las infracciones, el aviso de caducidad del permiso de conducir, el saldo de puntos o cualquier información relativa al vehículo. Si al darse de alta en el servicio indica, además, su número de móvil, también se le enviará un SMS, informándole de que se le ha enviado la notificación telemática a su correo electrónico.
Para darse de alta en las notificaciones telemáticas debe disponer de DNI electrónico o de certificado digital reconocido.

- Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA): sustituye al tradicional Boletín Oficial, de modo que se podrán conocer las infracciones que no han podido ser notificadas a través de la Dirección Electrónica Vial o en el propio domicilio.

- Nuevas opciones de pago: se habilita el pago de multas a través de Internet y el pago en carretera mediante tarjeta de crédito.

 

¿Qué infracciones restan puntos y cuántos?

TIPO INFRACCIÓN PUNTOS SANCIÓN 
MUY GRAVES Conducir con exceso de alcohol (valores miligramos/litro aire espirado) superior a 0,50 mg/l (0,30 mg/l, profesionales y conductores noveles) 6 500
Conducir con exceso de alcohol (valores miligramos/litro aire espirado) superior a 0,25 mg/l (0,15 hasta 0,30 mg/l profesionales y conductores noveles) 4
Negativa a someterse a test de alcoholemia o drogas 6
Conducir bajo los efectos de drogas o estupefacientes 6
Conducir de forma temeraria, en sentido contrario o participar en carreras ilegales 6
Exceder en más del 50% de los tiempos de conducción o minorar en más del 50% los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre 6
Conducir careciendo de la autorización administrativa correspondiente 4
Circular con un vehículo que carezca de la autorización administrativa correpondiente -
Circular con un vehículo que incumpla las condiciones técnicas que afecten gravemente a la seguridad vial -
Alterar el normal uso del tacógrafo o del limitador de velocidad 6
Conducir vehículos con mecanismos o instrumentos de inhibición de la vigilancia del tráfico o de sistemas de detección de radar 6 6.000
GRAVES No respetar la prioridad de paso, las señales de stop y ceda el paso, y los semáforos en rojo 4 200
Realizar adelantamientos indebidos o que pongan en peligro o entorpezcan a los ciclistas 4
Circular marcha atrás en autopista o autovía 4
No respetar las señales de los agentes que regulan la circulación 4
Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes u obstaculizar la circulación 4
No respetar la distancia de seguridad 4
Efectuar un cambio de sentido en zonas prohibidas 3
Conducir utilizando manualmente el teléfono móvil, programando el navegador, usando cascos, auriculares y otros dispositivos que disminuyan la atención 3
No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección 3
Parar o estacionar en el carril bus, en curvas, cambios de rasante, zonas de estacionamiento reservadas a personas con discapacidad, túneles, pasos de inferiores, intersecciones o cualquier otro lugar peligroso -
Circular sin el alumbrado reglamentario -
Circular con menores de 12 años como pasajeros de ciclomotores o motocicletas -
Ocupación excesiva del vehículo, que suponga superar en un 50% el número de plazas autorizadas, excluyendo al conductor -
Conducir con una autorización no válida -
Circular con un vehículo cuyo permiso de circulación está suspendido -
LEVES En general todas las que no estén calificadas como graves o muy graves - hasta 100€
En particular, no hacer uso por parte de los usuarios de bicicletas de los elementos y prendas reflectantes, de acuerdo con lo previsto en esta Ley -

 

 
 

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