Los madrileños se gastarán de media 151 euros por persona

en las rebajas de verano que comienzan el lunes día 21 de junio

El gasto por persona, que apenas sube,  (+ 3,3% respecto a 2009) se puede deber a la crisis económica y a la subida del IVA en julio

 

Los consumidores/as se gastarán este año en las rebajas de verano 151 € por persona. Esta previsión de gasto es ligeramente superior (en concreto un 3,3%) a la del año 2009 que fue de 146 euros.

Estas previsiones están basadas en una encuesta realizada a 625 consumidores/as de la Comunidad de Madrid. En esta encuesta se  les preguntó si comprarían este año en las rebajas (un 79% dijo que sí, tres puntos menos que en 2009), cuánto se gastarían y si la subida del IVA en julio tendría algún tipo de consecuencia a la hora de comprar (sólo un 13,3% dijo que sí).

Este año las rebajas de verano se verán influías por la crisis económica, que está originando una disminución notable en los ingresos de las familias. A eso se suma  la subida del IVA que se hará efectiva a principios de julio y que por lo tanto afectará de lleno a las rebajas. En este sentido CECUMadrid advierte a los consumidores que deben estar especialmente atentos a los precios de los productos ya que si bien  entre el 22 y el 30 de junio, en las etiquetas de las mercancías rebajadas deberá figurar la ya conocida doble indicación de precios (una con el precio rebajado y al lado la antigua con el precio al que se vendió antes),  a partir de julio deberán incorporar, además, la subida del IVA.


 
CECUMadrid anima a los comercios a que durante las rebajas, y de forma excepcional, absorban la subida del IVA

 

 

CECUMadrid cree que los consumidores deben ser puntual y convenientemente informados de los cambios que se van a producir como consecuencia de la subida del IVA,  para evitar que  puedan aparecer casos de picaresca que en nada favorecerían la actual campaña de rebajas.

A nuestro juicio las rebajas siguen siendo un marco muy favorable para el consumidor, sobre todo si este acude con una lista de las compras más necesarias, ya que en rebajas se pueden encontrar productos de la misma calidad y la misma garantía de meses atrás, a mitad de precio. En este sentido CECUMadrid hace un llamamiento para que en este caso, y sólo de forma excepcional, los comercios absorban la subida del IVA para todos aquellas mercancías rebajadas, en la creencia de que en estas circunstancias difíciles será lo mejor tanto para el consumidor como para los propios comercios. 


Preguntas más frecuentes en rebajas

1 – ¿Existe alguna ley que regule la temporada de rebajas?
Sí, la Ley 16/1999, de 29 de abril, reguladora del Comercio Interior de la Comunidad de Madrid fija el marco normativo de las rebajas. Este ley especifica, entre otras cosas, que para poder acogerse a las rebajas los comercios tendrán que rebajar al menos la mitad de sus productos durante un periodo mínimo de una semana y un máximo de dos meses. Igualmente no podrán vender o fabricar mercancías destinadas exclusivamente a rebajas.


2 – ¿Han de renunciar los consumidores a algún derecho en rebajas  porque haya productos  a la venta mucho más baratos que el resto del año?
No existe ninguna relación entre los derechos del consumidor y las rebajas. Los derechos del consumidor no sufren ningún menoscabo en esta época, y éste puede y debe exigir el cumplimiento de estos derechos con el mismo rigor y exigencia que en cualquier otra fecha del año. Se rebajan los precios de los productos, no los derechos que asisten al comprador. Tampoco la calidad puede bajar. Hay que recordar: misma calidad y garantía. Precios más bajos.


3 - ¿Cómo puedo saber la rebaja que me hacen en un producto?

Fíjese bien en las etiquetas. Debe figurar el precio antiguo y el rebajado. Es decir los productos deben tener una doble indicación de precios para que el consumidor pueda comparar, porque es comparando ambos precios como el consumidor puede conocer el descuento que le hacen. Y esto no es algo voluntario, es una obligación. Usted debe denunciar los casos en que no se cumpla la doble indicación de precios.


4 - ¿Y la garantía? ¿Puedo estar seguro/a de que lo que compro en rebajas tiene la misma garantía que si lo compro en otro momento?
Total y absolutamente. El vendedor está obligado por ley a facilitársela, y las rebajas no son una excepción. Esto es especialmente importante en la compra de bienes de naturaleza duradera (electrodomésticos, ordenadores, televisores, etc.).


5 – He comprado un bolso en rebajas y al abrirlo en mi casa he descubierto que el forro estaba roto. ¿Puedo pedir que me lo cambien o que me devuelvan el dinero?
Sí, los comercios están obligados a cambiar los artículos cuando sean defectuosos y  siempre y cuando no se hayan usado. Sin embargo si al cabo de unos días de haberlo comprado ha cambiado de idea y quiere cambiarlo, aunque no esté defectuoso, el comercio no está obligado a darle otro. No obstante hay ya muchos comercios que ofrecen este servicio aunque no estén obligados. Por eso es conveniente que antes de comprar pregunte sobre esta posibilidad. Conclusión: cambiar un producto que no esté defectuoso por otro no es obligatorio, pero si es posible. Pregunte.


6 - ¿Es necesario realmente el ticket de compra?

Sin ninguna duda. Es lo que certifica la legalidad de su compra, es decir que ha pagado el producto con sus impuestos. Este certificado es muy útil siempre, pero especialmente en dos casos: a la hora de devolver el producto y si quiere poner alguna reclamación (sin el ticket no podrá hacer ninguna de las dos cosas). Lo más aconsejable es que se lo guarde durante los siguientes 30 días.


7 – Quiero comprar algo en rebajas pero solo puedo pagar con tarjeta. ¿Existe alguna limitación de pago en rebajas?

En principio ninguna. La ley establece que si el establecimiento donde va a realizar su compra tiene por costumbre aceptar el pago con tarjeta, este derecho ha de mantenerse también en rebajas. De no hacerlo así sería motivo de reclamación por parte del consumidor, ya que como hemos dicho anteriormente, en rebajas lo único que cambia son los precios, pero los derechos son los mismos que en cualquier época del año.


8 - ¿Debo prestar atención a la etiqueta?

Sí, en la etiqueta está la información sobre el producto y esta información es importante y obligatoria, con independencia del precio que tenga la mercancía. En los artículos textiles la etiqueta es especialmente importante ya que suministra información sobre la talla, la composición y el tratamiento que debe recibir la prenda a efectos de lavado y planchado.


9 - ¿Está asegurado el derecho a reclamar?

Este derecho está asegurado siempre y en cualquier circunstancia. Sólo tiene que presentar  el ticket de compra, y rellenar la hoja de reclamaciones que tienen que tener obligatoriamente todos los establecimientos. Puede hacerlo usted personalmente o a través de una Asociación de Consumidores como CECUMadrid.


10 - ¿Es aconsejable comprar en rebajas?
Sí, siempre y cuando se compre atendiendo a necesidades reales. No lo es si se compra por rutina, siguiendo consejos publicitarios o simplemente porque los productos están rebajados. En definitiva lo inteligente y racional es aprovechar las rebajas para adquirir aquello que nos es necesario.
 


Diferencias entre rebajas y otras prácticas comerciales

La ley diferencia claramente las rebajas de los saldos y las liquidaciones. Los consumidores deben distinguir claramente entre estas tres formas de actividad comercial.

Saldos:
Productos que han perdido valor de mercado, por estar deteriorados u obsoletos, siempre que no impliquen riesgo o daño para el consumidor. Deben anunciarse como tales y estar en poder del vendedor al menos seis meses antes de la fecha del comienzo.

Liquidaciones:
Es una venta de carácter excepcional, producida como consecuencia de una decisión judicial, cesación de la actividad, cambio de ramo, local, obra... y tiene como fin dar salida a todos los productos existentes en el local. Los artículos deben estar previamente a la venta y el proceso no puede durar más de seis meses. Puede ser total o parcial.

Rebajas:
Son productos rebajados de precio por cambio de estación o temporada. Todos los productos que se ofrecen en rebajas deben haber estado a la venta con anterioridad en el establecimiento y no pueden estar deteriorados. El establecimiento debe tener al menos la mitad de sus productos rebajados. Está prohibida la venta de productos fabricados exclusivamente para las rebajas.
 


Sanciones por incumplimiento de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista de la Comunidad de Madrid


Faltas leves
● Realizar ventas en rebajas fuera de los casos autorizados en la ley.
● No hacer figurar en los artículos rebajados los precios habituales de los mismos.
● Faltar a las obligaciones establecidas en la ley o en las normas dictadas para su desarrollo que no sean objeto de sanción especifica.
Este tipo de infracciones tienen una multa que puede llegar a los 3.000 euros.


Faltas graves
● Ofrecer como rebajados artículos defectuosos, o que el comercio haya comprado expresamente para ofrecerlos en rebajas.
Este tipo de infracciones tienen una multa que oscila entre los 3.000  y los 15.000 euros.
 


Madrid 17 de junio de 2010
Gabinete de prensa de  CECUMadrid