El Tribunal Supremo ha dictado sentencia respecto a las cláusulas abusivas que ciertos bancos imponían a los clientes que contrataban préstamos, depósitos, créditos hipotecarios y otros servicios.

 

Aunque el recurso original se planteó frente a BBVA, Bankinter, Caja Madrid y Banco Santander, estas cláusulas, que se han considerado "abusivas", "oscuras" o "desproporcionadas", serán anuladas de todas las entidades bancarias y cajas de ahorros.

 

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Entre las cláusulas anuladas, el Supremo rechaza la que estipula que el propietario de una tarjeta de crédito o de débito es el único responsable de las pérdidas sufridas por su uso fraudulento antes de comunicar su pérdida o robo a la entidad financiera.

"Las cláusulas que eximen de total responsabilidad a la entidad bancaria de manera indiscriminada y sin matización o modulación alguna son abusivas", concluye la sentencia, que considera que "son harto frecuentes los casos en que la diligencia de las entidades advirtió utilizaciones indebidas".

En este sentido, el Supremo considera también abusivas las cláusulas que eximen a las entidades financieras de cualquier responsabilidad en caso de que alguien sustraiga al cliente su PIN o contraseña de la tarjeta por "coacción" o "fuerza mayor".

Además, el tribunal concluye que las entidades financieras deben responsabilizarse de la falsificación y cobro de los cheques, así como del posible mal funcionamiento de los cajeros.